LOS DIKEMANS DE LA JUSTICIA

LOS DIKEMANS DE LA JUSTICIA

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Cuando comencé la carrera de Derecho en el primer de la facultad, el profesor de derecho constitucional, me generò una pregunta simple ¿ Como me veía en un futuro? muchos de mis compañeros respondieron  velar por la justicia, ayudar a los demás, que para ese momento yo solo sabia que me agradaba la lectura y en verdad no sabia ni siquiera ¿Que significaba estudiar de derecho?; pero escuchaba en la letanía una palabra cincelada por parte del profesor,  jurisprudencia derivada del derecho de los pretores romanos, y me parecían palabras sin sentido; la preocupación hasta ese momento era la cualquier muchacho de 15 años es pasar las materias y demostrar a la familia que era un excelente estudiante; hasta ese momento como una fracción, partiò en mi mente de un relámpago la credibilidad de lo que deseas ejercer; fue con la lectura C-082 de 1999 de la Corte Constitucional, al comenzar pensé este una lectura sobre normas y nada mas; pero como un destello del búho de minerva, pretendía resolver un problema jurídico ¿Es razonable, entonces, anular el matrimonio entre la mujer adúltera y la persona con quien sostuvo relaciones adulterinas, y no predicar las mismas consecuencias civiles respecto del matrimonio celebrado, en idénticas circunstancias, por el hombre adúltero?, apelaba a sentidos de justicia e igualdad socorriendo desde la filosofía en Rousseau, Schopenhauer, Kierkegaard para reinvidicar los derechos en condiciones dignas, para la mujer declarando la inexiquilidad de la norma jurídica en cuestión.

Asì este sentencia fue como el despertar de un letargo sueño, que yacìa en un sentimiento de ser Magistrado de la Corte Constitucional haciendo una reminiscencia en las palabra de Oliver Windel Hollmes “ las profecías de que los tribunales hagan es lo que entiendo por derecho”, por este motivo al analizar sentencias típicas C-459 de 1997 en su salvamento de voto sobre  el delito político, o la sentencia C-221 de 19944 sobre dosis minima personal, o la sentencia c-239 de 1997 de  eutanasia, paso de ser una herejía constitucional al ser Dikeman  el Magistrado Carlos Gaviria Diaz, comprendì que ese era mi camino ser un jurista del derecho, complejo camino pero lo seguiría hasta el ultimo aliento de mi vida; al profundizar los años vi que el derecho no termina en Monserrate y que solo la Corte Constitucional es el peldaño, asi paso por mi mente se adentraron las sentencias de la Corte Earl Warren de la Suprema Corte Justicia de Estados Unidos como: Brown Earl Educatiòn (1954) Miranda vs Arizona (1966); y pasando por la hermosa tierra de Mexico admirando ministros Armando Valls Hernández o Arturo Zaldívar Lelo de Larrea que forjaron mediante la sentencias de temas de Aborto y dosis mínima un hito del desarrollo Constitucional Mexicano, para finalmente en trastocar en las sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos con el maestro Hector Fix Zamudio ( Mexico) Augusto Cansado Trindade ( Brasil) Eduardo Ferrer Mac Gregor ( Mexico) con su famoso voto razonado Caso Cabera Garcial Montie vs Mexico.

Podemos decir que estos son los superhéroes apuertas del siglo XXI que no tienen capa, solo el bolígrafo de sus mentes y la retorica de sus argumentos salvando al derecho en un orden cosmopolita,  por eso la justicia no esta en la política sino el desarrollo de una sentencia, por eso apelo aun realismo de una construcción de las normas de textura abierta en las clapsulas de recepción e integraciòn en los derechos humanos.

Por ese ser magistrado o ministro es mas un que un honor es un anhelo de construir un país a través de la dogmatica jurídica, un científico del derecho, el argumento del Dikeman de la justicia.

 

Un comentario sobre “LOS DIKEMANS DE LA JUSTICIA

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  1. Bueno… primero, me ha gustado bastante la entrada, además, admito que me siento algo identificado con ese asunto de no saber ni qué cuernos significaba estudiar derecho o para qué lo estudiaba, bueno, eso fue hasta que visité Colombia. Entrando en materia sobre el contenido, yo me atrevería a preguntarme: ¿cuánto durarán estos superhérores del derecho que se crea y aplica en el siglo XXI? ¿Cuál es su papel en lo que algunos llaman los nuevos paradigmas del derecho? ¿Son ellos los que crean estos nuevos paradigmas? No sé, son ocurrencias mías, sin respuesta para mi, momentáneamente, ya veremos que sale.

    PD: Sin duda haría un excelente papel en la Corte Constitucional, doctor Garzón.

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